(IAR-Noticias)
01-Feb-05
Por Juan Gasparini - Tribuna de Periodistas
Como
parte de mis actividades periodísticas en Suiza, residiendo en Ginebra desde
1980, tuve conocimiento pulsando fuentes helvéticas de máxima seriedad que he
ido cultivando y de las cuales me he servido a lo largo de mis años de actividad
profesional en este país -donde me diplomé en periodismo en la Universidad de Friburgo en 1985, doctorándome en
sociología en la Universidad de Ginebra el 21 de noviembre de 1988- que tras la
detención preventiva de Carlos Menem el 7 de junio de 2001 en Buenos Aires, los
bancos locales, obligados por la ley antiblanqueo de 1998 a denunciar cuentas
sospechosas, comunicaron a la justicia la cuenta de Carlos Menem en la UBS de
Ginebra, y la de su secretario privado, Ramón Hernández, en la filial Zurich de
un establecimiento actualmente bajo control del Banco del Gotardo, cuenta esta
última abierta bajo cobertura de la sociedad instrumental de Liechtenstein
“Spark Foundation”, una compañía cuya existencia pude verificar consultado con
una funcionaria responsable del registro oficial en Vaduz, publicando todos
estos datos a partir de septiembre de 2001 en mis crónicas para “El Periódico de
Catalunya”, Barcelona, “El Universal”, de México, “Clarín” de Argentina, la
agencia AFP, y para otros medios en francés y castellano, de cuyas muestras
acompaño fotocopias de algunas de ellas a título de ejemplo, trabajando siempre
como periodista acreditado ante el Departamento Federal de Asuntos Extranjeros
de Suiza (ministerio), ante la sede de la ONU en Ginebra y en la Asociación de
la Prensa Extranjera en Suiza (APES), siendo miembro de la Federación Suiza de
Periodistas (FSJ), cuyas credenciales dispongo.
Por tales motivos, no sorprendió
que los tribunales de Ginebra abrieran rápidamente un sumario penal por presunto
lavado de dinero contra “Menem y otros”, expediente hoy a cargo de la juez Christine Junod, siendo público y notorio que en ambas cuentas se congregan
saldos que orillan los 7 millones de dólares.
Me enteré luego por noticias procedentes de Buenos Aires que varios jueces
argentinos al saber de la existencia de esas cuentas, enviaron comisiones
rogatorias Suiza para que se investigara a Menem y varios de sus allegados, con
la intención manifiesta que, además, se notificaran esas cuentas para
incorporarlas como pruebas documentales en las causas penales incoadas en Buenos
Aires. Percibí que desde Argentina se volvía a emprender el mismo camino
transitado en el caso IBM-Banco Nación, donde las cuentas de los sobornados con
remesas ingresadas en bancos de Ginebra nutrieron de modo irreemplazable la
causa que instruyera el juez federal Adolfo Bagnasco (cuyos fiscales fueran
Carlos Cearras y Pablo Recchini), quizá el único de los escándalos de corrupción
en el país durante el periodo de las dos presidencias de Carlos Menem que tiene
una perspectiva cercana de juicio oral, ya que existe la prueba documental que
funcionarios fueron sobornados en Suiza.
Ante estas circunstancias la Oficina Federal de Policía en Berna otorgó la
competencia a Ginebra como Cantón director de los procedimientos, que son dos.
Porque además del sumario penal nacional suizo por presunto blanqueo de dinero
contra “Menem y otros” antes consignado, se puso en marcha de forma paralela un
expediente de cooperación judicial con la Argentina para responder a las
comisiones rogatorias provenientes de cinco jueces federales de Buenos Aires
(Gabriel Cavallo –reemplazado más tarde por Jorge Ballestero-, María Servini de
Cubría, Jorge Urso –suplantado por Julio Speroni-, Norberto Oyarbide y Juan José
Galeano).
Después de cambiar dos veces de instructor, quedó a cargo de los dos
procedimientos la juez Christine Junod, una magistrada con 13 años de
experiencia, quien fue presidenta del colegiado de los jueces de instrucción de
Ginebra tiempo atrás, casada con un alto cargo de la policía local, candidata al
puesto de Procurador General de Ginebra en el 2002 por el Partido Liberal
(centro-derecha), perdiendo la elección popular para ocupar la cabeza de la
fiscalía ante el actual Procurador, Daniel Zappelli, candidato del Partido
Radical (de otra vertiente de centro-derecha).
Pude saber al poco tiempo que, descartando los exhortos del entonces juez
federal Gabriel Cavallo, que investigaba a Alberto Kohan, otrora Secretario
General de la Presidencia en épocas de Carlos Menem, y de la juez Servini de
Cubria, que perseguía al ex ministro de economía, Domingo Cavallo, los cuales
declinaron insistir en sus requerimientos a Suiza, los otros tres magistrados
despacharon comisiones rogatorias sucesivas aportando argumentos, datos y
relatos de sus casos para reforzar sus solicitudes.
Urso y luego su reemplazante
Speroni, enviaron peticiones de asistencia a Suiza el 9 de agosto, 21 de agosto,
19 y 25 de septiembre de 2001, 5 y 13 de junio y 17 de octubre y 11 de noviembre
de 2002, pidiendo investigar por trafico de armas a Menem, al narcoterrorista
sirio Monzer Al Kassar que tenía varias cuentas en Suiza, y muchos más, cerca de
200 personas, una lista que finalmente se redujo a 28, en un exhorto
recapitulativo de Speroni del 16 de mayo de 2003.
Subrayando el imperativo de
verificar en Ginebra las alegaciones contra Menem de Abolghasem Mesbahi, el
“testigo C”, que lo acusara de cobrar 10 millones de dólares del régimen iraní,
Galeano hizo lo suyo el 6 de diciembre de 2001, 25 de enero, 22 de mayo, 21 de
agosto y 29 de agosto de 2002, documento este último entregado en mano a las
autoridades suizas el 11 de septiembre de 2002 por el fiscal de la causa AMIA,
Eamon Mullen, en una reunión con funcionarios federales y magistrados, en el
cual estuvo ausente la juez competente, Christine Junod.
Por su lado, el 2 de
agosto de 2002, Norberto Oyarbide mandó una comisión rogatoria solicitando
investigar a Menem por cuatro delitos de corrupción (violación de los deberes de
funcionario público, cohecho y/o trafico de influencias, enriquecimiento ilícito
y encubrimiento agravado), y después un complemento de comisión rogatoria el 29
de ese mismo mes de 2002, haciendo hincapié en el reportaje de la CNN de pocas
semanas antes sobre Carlos Menem, en el cual éste asumió tener una cuenta en
Suiza.
Entre tanto, el 27 de agosto de 2002, la Oficina Federal de Justicia en Berna
emitió un comunicado en las tres lenguas oficiales helvéticas, reproducido en
castellano a través de la embajada suiza en Buenos Aires, indicando, brevemente,
que las rogatorias recibidas estaban mal hechas, adolencian de carencias y/o de
errores y/o de falta de información suficiente, invitando a los magistrados
argentinos concernidos a una reunión en Berna para el siguiente mes de octubre,
donde asistiría la juez Junod, conclave que tenía por objeto disipar malos
entendidos y compaginar las exigencias suizas con las necesidades argentinas. El
encuentro se postergó para el 7 y 8 de noviembre de 2002 pero ningún magistrado
argentino acudió a la cita.
El 28 de octubre de 2002, el portavoz de la Oficina Federal de Justicia, Folco Galli, emitió declaraciones verbales recogidas por algunos medios
señalando que la juez Junod había admitido a tramite las rogatorias argentinas,
sin dar ninguna precisión esclarecedora por escrito sobre el alcance de la
medida. En Suiza, solo el portal de internet paraoficial Swissinfo hizo
circular el 6 de noviembre de 2002 un artículo en italiano de 20 líneas,
probablemente inspirado en el contenido de dos escuetas notas diplomáticas de la
Oficina Federal de Justicia a la Embajada argentina en Berna del 8 de octubre y
5 de noviembre de 2002, vagas en su formulación, desprovistas de elementos
concretos sobre el contenido exacto de la decisión de la juez Juod, dejando
flotar la ambivalencia en un tema criminal grave que no debería dejar espacio a
ninguna ambigüedad.
Si lo que me indican mis fuentes es correcto, hasta el día de hoy los jueces
argentinos involucrados no recibieron las correspondientes notificaciones
oficiales directas de magistrado a magistrado que corresponden sobre ese auto de
admisibilidad del 28 de octubre de 2002 firmado por la juez Junod,
especificándoles qué, cómo y por qué Suiza resolvió lo que aparentemente
resolvió, una simplificación que no solo no satisface los reclamos de los
magistrados argentinos involucrados, que ya llevan más de dos años pidiendo
ayuda a Suiza sin éxito, sino que también no les facilita enmendar hipotéticas
equivocaciones que pudieron haber cometido, o colmar eventuales ausencias de
datos que no estuvieran voluntaria o involuntariamente en sus exhortos, y de ese
modo corregirlos y/o completarlos para que las demandas se adecuen a las
formalidades de rigor y sean respondidas, lo cual, tengo entendido, sigue sin
acontecer.
No obstante, se supuso que la admisibilidad suiza abarcaba todos los
delitos y extremos cursados desde Buenos Aires, lo cual llevó a que “Clarín”
anticipara que Junod “daría informes sobre las cuentas de Menem (15-10-2002) y
que “La Nación” sostuviera que Suiza “aceptó investigar a Menem (7-11-2002).
Recién el 30 de enero de 2003 pude recabar -y así lo reflejé en un cable de
mi autoría que escribí para la agencia AFP fechado en Ginebra, noticia que
alimentó asimismo un reportaje sobre la juez Junod aparecido ese día en la
revista argentina “Veintitres”, cuyo original hago entrega en este acto-
verificando que, en realidad, la magistrada Junod admitía la cooperación con
Argentina “exclusivamente” por el presunto nexo de Menem con el atentado de la
AMIA, tomando aspectos parciales de las rogatorias de Galeano y Oyarbide que
mencionaban ese atentado, rechazando de plano investigar a Menem por los delitos
vinculados al trafico de armas a Ecuador y Croacia (Speroni), y dejando de
costado las infracciones de corrupción esgrimidas por Oyarbide.
Me pareció
legitimo deducir que, objetivamente, las diligencias judiciales se encaminaban
hacia una vía muerta porque si no se encontraba y/o se encuentra una relación
bancaria entre las cuentas de Menem y Hernández denunciadas por los bancos y la
voladura de la AMIA, el procedimiento de colaboración judicial con la Argentina
estaba y está destinado al archivo pues se encuentra en una vía muerta al ser
casi descabellado imaginar que Menem y Hernández hayan cometido la locura de
entrar en relación bancaria desde sus cuentas en Ginebra y Zurich con cuentas
del entramado terrorista irani. Así las cosas, quedaba relegada la esperada
notificación de las cuentas de Menem y Hernández a los juzgados de Buenos Aires
interesados, solicitada reiteradamente por los jueces argentinos.
Estas presunciones que me fui formulando como periodista se consolidaron el
11 de septiembre de 2003, y con este espíritu lo escribí en un cable de AFP
desde Ginebra, reproduciendo revelaciones del diario católico de Friburgo “La
Liberté”, según un reportaje de la agencia privada de noticias suiza “Infosud”
publicado al día siguiente por la “Tribune de Genève”, cuyas fotocopias aporto
en este acto, donde la juez Junod reconoció en declaraciones periodísticas lo
que anticipara la revista suiza “L’Hebdo” el 10 de julio de 2003, esto es que
había desistido de traer a Ginebra al “testigo C”, Abolghasem Mesbahi, a
identificar el banco donde supuestamente Menem cobró los 10 millones de dólares
que le habría pagado Iran. El 16 de septiembre de 2003, la noticia mereció una
cobertura especial de la agencia oficial argentina Telam, aprovechando la visita
a Ginebra de su prosecretario, Horacio Raña.
Las publicaciones helvéticas antes citadas, y la propia televisión suiza en
una emisión del 15 de junio de 2003, adelantaron que el testigo C -según
documentos judiciales suizos relativos al asesinato en las afueras de Ginebra el
24 de abril de 1990 del opositor irani, Kazem Radjavi- ya había testimoniado en
Suiza por ese homicidio y que sus declaraciones eran creíbles. Esas pruebas
documentales de origen judicial en Suiza traslucen la versión de este ex-agente
de los servicios de inteligencia de Iran, caído en desgracia en 1988, quien
siguió viviendo en Teheran hasta que en 1996 amigos que continuaban trabajando
en los organismos de seguridad le advirtieron que fuerzas represivas del Estado
habían decidido eliminarlo, lo cual lo empujó a huir por vía terrestre a
Pakistan.
Desde allí -siempre de acuerdo con “C” y en línea con lo reproducido
por los medios de comunicación en Suiza y jamás desmentido por sus autoridades- Mesbahi contactó por teléfono un amigo iraní refugiado en Bruselas, quien lo
conectó en Paris con el ex-presidente iraní Abol Hassan Bani Sadr, el que
intercedió para conseguirle el asilo en Alemania. Cuando llegó allí “C” asumió
ante las autoridades alemanas confesiones sobre tres temas. 1. Matanza de la
cúpula de la oposición kurda-iraní en el restaurante Mykonos de Berlín en
septiembre de 1992, causando cuatro muertos 2. Pacto secreto con la policía de
Ginebra para operar en los años 80 cuando se desempeñaba como agente en Europa,
y existencia de una mujer en esa policía que, simultáneamente, actuaba de
informante en favor de los servicios de inteligencia de Iran (gracias a él se
llegó a los nombres de las dos personas incriminadas; Leon Jové, que era su
supuesto oficial “tratante” y la presunta “topo”, Françoise Spindler). 3. Pago
de 10 millones de dólares en beneficio de Menem desde una cuenta en Ginebra
donde había 200 millones de dólares del régimen iraní para financiar acciones
terroristas, cuenta existente en un banco “a 200 metros del Hotel du Rhône”, que
“C” dijo que podía localizar si venía a Ginebra porque no recordaba con
exactitud su ubicación.
De momento, la justicia, tanto en Alemania como en
Suiza, han comprobado que “C” ha dicho la verdad en los dos primeros puntos.
Falta dilucidar lo relativo al tercero, es decir la imputación a Menem.
Inicialmente la juez Junod envió en febrero de 2003 dos policías a interrogar a
Mesbahi a Alemania y recientemente, al hilo de lo que se deduce de sus
declaraciones al semanario suizo “L’Hebdo” del 15 de enero de 2004, aceptó
convocarlo a Ginebra, desconociéndose públicamente si esa intención se tradujo
en hechos y cuales han sido sus resultados.
Fuere como sea, aquel interrogatorio
de un año atrás practicado a Mesbahi en Alemania, y su eventual comparecencia
posterior en Ginebra, se inscriben, al parecer, en las diligencias del sumario
nacional suizo, no en virtud de los exhortos enviados desde Argentina, lo que
explicaría que, hasta el día de hoy, no se conozca ningún indicio sobre estos
tramites en los sumarios que se instruyen en Argentina, al no haberse llevado a
cabo, no es superfluo repetirlo, comunicaciones directas entre la juez Junod y
sus colegas argentinos que así lo certifiquen y hayan sido informadas a la
opinión pública.
Las publicaciones suizas ya mencionadas, más el portal francés de Internet
www.geopolitique.com se hicieron eco de dos hipótesis evacuadas ante la juez
Junod para intentar explicar su negativa a hacer comparecer originalmente a “C”
en Ginebra, las cuales fueron desmentidas por ella en alguna de esas notas y por
el portavoz de la Oficina Federal de Policía en Berna, Folco Galli, un aspecto
de este caso resumido además en un despacho de la agencia oficial suiza ATS, del
25 de septiembre de 2003, un cable que, a su vez, anunciaba la finalización de
la investigaciones en Suiza antes de terminar el año 2003, conjetura que se
reveló inexacta a la luz de cómo se van desarrollando todas estas peripecias.
La primera de esas hipótesis expone que sería insoportable para Suiza
descubrir en la actualidad que su sistema bancario gestionó la cuenta mediante
la cual Iran financió unas 400 operaciones terroristas durante los años 80 y 90
(la misma cuenta que a su vez habría servido para pagarle a Menem), un
descubrimiento que de certificarse como cierto, intervendría en el terrible
contexto presente dominado por las secuelas del atentado terrorista del 11 de
septiembre de 2001 en Nueva York.
En ese marco, se movilizan centenas de
dirigentes del planeta en la promoción de medidas de emergencia con el fin de
combatir al terrorismo internacional, para lo que la comunidad internacional ha
sido convocada urgentemente por el Consejo de Seguridad de la ONU, exigiendo
impedir su financiamiento, según la resolución 1373/2001 del 28 de septiembre de
2001, que fructificara en la Convención Internacional para la Represión del
Financiamiento del Terrorismo Internacional, la cual entrara en vigor el 10 de
abril de 2002, ratificada por Suiza el 23 de septiembre de 2003.
La segunda hipótesis alude a que por ser esposa de un alto responsable de la
policía de Ginebra, la juez Junod no tendría interés en traer a declarar a “C”,
quien testimonió ante las autoridades judiciales de Alemania y Suiza confesando
que se concertó con dicha policía para sus actividades de espionaje y
terrorismo, y que en esa misma policía hubo un “topo” al servicio de Iran, una
versión, cabe reiterar, rechazada categóricamente por la juez Junod.
Frente al bloqueo de la situación judicial que denotaba la prensa suiza,
quedando claro que no se avanzaba en la respuesta a las comisiones rogatorias
provenientes de Argentina, y para esclarecer la verdad, el diputado federal por
Ginebra, Christian Grobet, presentó el miércoles 1 de octubre de 2003 una
interpelación parlamentaria en Berna, formulando cuatro preguntas al Consejo
Federal, el ejecutivo colegiado que gobierna la Confederación Suiza, sometiendo
su intervención para que se cumpla con los reclamos formulados en las comisiones
rogatorias procedentes de la Argentina, se haga venir a “C” a Ginebra y se
establezca si existe o existió una cuenta que financió el terrorismo irani,
cuenta por otra parte implicada en el proclamado pago de 10 millones de dólares
al ex-presidente Menem.
Prosiguiendo con la cronología el juez Galeano cursó un reclamo el 11 de
septiembre de 2003, pidiendo respuesta a sus comisiones rogatorias, y el
embajador argentino en Berna, Guillermo González, anunció que su gobierno iba a
nombrar un abogado suizo para personarse en la causa.
Trascendió entonces que la
juez Junod se aprestaba a suscribir un documento que de alguna manera
respondería al cúmulo de exhortos argentinos pendientes, alrededor de 20.
Aguardando ese acontecimiento se produjo la visita a Suiza del ministro
argentino de justicia y derechos humanos, Gustavo Beliz, el 12 y 13 de noviembre
de 2003, quien se entrevistó con su entonces homologa helvética, Ruth Metzler,
con la ministra de exteriores, Micheline Calmy Rey, y con el Procurador General
de Suiza, Valentin Rosacher. Para esos días la juez Junod respondió a la
requisitoria periodística, indicando que uno de los bancos tenidos como la
posible institución que abrigaría la cuenta mencionada por Mesbahi para sobornar
a Menem, en alusión al banco Degroof-Luxemburgo de Ginebra, no había participado
en dicha operación, una información ya sin valor ni impacto alguno anticipada a
AFP por el director del banco, Claude Roesli, el 19 de junio de 2003, una
crónica que adjunto.
Al propio tiempo la juez Junod destapaba que comunicaría a
la Argentina la cuenta de un contacto de Diego Palleros, intermediario en la
operación de contrabando de armas a Ecuador y Croacia, transacción periférica en
este escándalo, cuyo nudo central sigue sin resolver y que son los 28 inculpados
por el juez Speroni entre los que se encuentra Carlos Menem, desgajados, como se
ha dicho, de una lista original de cerca de 200 imputados, presentada por el
juez Urso a Suiza en el año 2001, no habiéndose remitido al respecto ningún
indicio ni elemento probatorio a Buenos Aires, como lo confirmó días pasados el
portavoz de la oficina Federal de Policía, Folco Galli, al aparecer
recientemente una serie de artículos y una entrevista a la juez Junod en el
diario argentino “La Nación”.
Siempre en espera del documento que emitiría la
juez Junod, para las cuentas atribuidas a Menem y sus colaboradores vale por
tanto el proverbio judicial que “lo que no figura en autos no existe en el
mundo”. A fines judiciales, en la medida que esas cuentas no han sido
trasmitidas por la vía legal de Suiza a la Argentina, no figuran en los sumarios
que se ventilan en Buenos Aires y, por consiguiente, no existen pues las
revelaciones periodísticas no sustentadas y reconocidas por pruebas documentales
en las causas penales no tienen valor probatorio ni incriminatorio.
Las definiciones de fondo que se presumía suscribiría la juez Junod no se
sabe si tuvieron lugar, permaneciendo todavía en el terreno de lo secreto los
contornos y fundamentos de su decisión sobre la cooperación judicial con
Argentina por el llamado caso Menem del 28 de octubre de 2002. Con todo, el 19
de noviembre de 2003 salió sin embargo a luz la respuesta del gobierno suizo a
la interpelación parlamentaria del diputado Grobet presentada el 1 de octubre de
2003.
El documento, cuya fotocopia aporto, conocido por la prensa el 16 de enero
de 2004, de acuerdo a un cable de AFP que asimismo acompaño, refleja la posición
oficial del Consejo Federal, el colegiado de 7 ministros que gobierno Suiza,
entre ellos obviamente el responsable del Departamento (ministerio) de Justicia
y Policía, en esa fecha Ruth Metzler, quien sería suplantada por Christophe
Blocher a partir del 10 de diciembre de 2003.
Es evidente que el ministerio de
justicia redactó esa respuesta, en consulta con la juez Junod, que no pudo ser
ajena a su contenido. Allí se lee por primera vez en un documento oficial
helvético a lo largo de los casi tres años que ha consumido este caso, que al
margen del sumario nacional suizo por presunto blanqueo de dinero contra “Menem
y otros”, solo hay dos procedimientos “distintos” en curso para satisfacer los
requerimientos argentinos, sin mencionar infracciones y/o hechos de corrupción.
Dice el documento que uno de esos procedimientos es “contra Menem y otras
personas de su entorno, bajo la sospecha de contrabando de armas hacia Ecuador y
Croacia”, al tiempo que, agrega, hay un segundo procedimiento solo contra Menem
“sospechoso de haber recibido 10 millones de dólares del gobierno iraní para
excluir cualquier implicación de las autoridades iraníes en el atentado cometido
en 1994 contra los centros judios de la DAIA y la AMIA en Buenos Aires”.
Esta
versión, que abreviada podría asimilarse como un sí al trafico de armas y al
atentado antijudio, y un no a la corrupción, es hoy oficial y así lo ha
traslucido la agencia gubernamental de noticias suiza ATS, al informar de la
visita de magistrados argentinos en estos días, como fue posible leerlo en el
diario de Ginebra de circulación nacional “Tribune de Genève” del sábado 7 de
febrero de 2004, artículo que acompaño. De este modo, en síntesis, la juez Junod,
con el respaldo del gobierno suizo, confirma su voluntad de no aceptar las
solicitudes del juez Norberto Oyarbide, referidas a los delitos violación de los
deberes de funcionario público, cohecho y/o trafico de influencias,
enriquecimiento ilícito y encubrimiento agravado, cargas que pesan sobre Menem
por haber omitido declarar una cuenta bancaria en Suiza, a quien paralelamente
se investiga por haberse presuntamente enriquecido ilícitamente, lo cual motivó
que la Cámara Federal de Buenos Aires ordenara su procesamiento en diciembre de
2003.
Entre las fundamentaciones que se manejan en Suiza en medios judiciales,
políticos y periodísticos para justificar la negativa de la juez Junod a tomar
en consideración estas infracciones planteadas por el juez Oyarbide, se cita el
principio de la doble incriminación, es decir que dos de los delitos invocados
por la Argentina, la omisión maliciosa y el enriquecimiento ilícito, no se hayan
inscriptos en el Código Penal suizo y por ende la Confederación Helvética no
puede otorgar la cooperación.
Las argumentaciones a favor de la negativa a
acordar la ayuda judicial en esta perspectiva sostienen que la omisión
maliciosa, es decir no haber declarado una cuenta en Suiza por parte de Menem,
puede deberse a la voluntad de eludir el fisco ingresando fondos en esa cuenta,
y como el delito fiscal no existe como tal en Suiza, ya que es una falta
administrativa redimible por multa, la petición no procede. Esas argumentaciones
también se basan en que el enriquecimiento ilícito remite a un delito anterior
que debió perpetrarse para enriquecerse ilegalmente y, en consecuencia, si no se
asienta claramente a cual infracción puede deberse dicho enriquecimiento, es
imposible que la demanda sea admitida.
Pero estos razonamientos son cuestionados por abundante jurisprudencia del
Tribunal Federal de Suiza, equivalente a la Corte Suprema de Argentina,
demostrando que el juez helvético no está obligado a seguir a la letra la
tipificación del juez extranjero y que sobre la base de los hechos que le son
puestos en conocimiento desde el exterior puede caratular de acuerdo al Código
Suizo, lo cual permitiría canalizar la demanda argentina a través del delito de
corrupción que podría reemplazar al enriquecimiento ilícito y/o a la omisión
maliciosa, ya que estos constituyen objetiva sospecha de corrupción, esta sí
penada por el artículo 322, titulo 19 del Código Penal de Suiza.
En tal sentido
opina el conocido especialista suizo, Robert Zimmermann, Doctor en Derecho y
Consejero Científico del Tribunal Federal de Suiza, en su obra de obligada
referencia universitaria en este país, cuyo titulo traducido al castellano según
mis conocimientos idiomáticos es “La cooperación judicial internacional en
materia penal”, y en su francés original “La coopération judiciaire
internationale en matière penal”, editada en 1999 en Suiza por Staempfli
Editions SA, Berne, libro que en sus artículos 352, 353 y 354, en las páginas
273, 274, 275 y 276, es taxativo y no deja lugar a dudas al afirmar, entre otras
aseveraciones, apoyándose en fallos de la justicia federal suiza, que, en
sustancia, la condición de la doble incriminación no puede confundirse con la
necesidad que las normas sean idénticas en los dos países, en este oportunidad
en Suiza y Argentina, porque en esa eventualidad podría rechazarse la
cooperación por un delito desconocido en derecho suizo, lo cual obstaculizaría
gravemente la cooperación internacional en razón de las diferencias entre
sistemas jurídicos “al punto de hacerla ilusoria”.
Añade Zimmermann que es “sin
importancia que el derecho extranjero reprima varias infracciones distintas por
hechos que, según el derecho suizo, no forman nada más que una”, vale decir la
corrupción según lo que yo aprecio como periodista. Y específicamente sobre la
corrupción el autor Zimmerman estima que en el examen de la doble incriminación
la autoridad que ejecuta, esto es la suiza en la presente cuestión, se limita a
valorar los hechos como si estos se hubieran desarrollado en Suiza y a constatar
que esos actos son reprimibles en Suiza, como lo es toda sospecha de corrupción.
Para aplicar estas normas, la cooperación por corrupción podría ser aceptada,
notificando a la Argentina las cuentas de Menem y Hernández y otras que pudieran
localizarse, como ocurrió en el caso IBM-Banco Nación en 1998, con el
acompañamiento de la debida repatriación de fondos. Todo esto podría concretarse
motorizado por la Ley Federal sobre la Cooperación internacional en materia
penal del 20 de marzo de 1981, cuya copia en su redacción del 29 de octubre de
2002 se puede comprar en cualquier librería suiza. Dicha ley estipula las reglas
de esa cooperación, en su parte tercera, específicamente en sus artículos 63 y
64 y siguientes.
Concluyendo esta revisión del seguimiento periodístico del caso Menem en Suiza,
resulta paradójico a mi entender como observador de la realidad que hago desde
mi punto de vista personal como cualquier otro profesional de prensa, que los
bancos suizos denuncien las cuentas bancarias en Ginebra y Zurich de Menem y
Hernández hace casi tres años, que esa denuncia desencadene una sumario por
presunto lavado de dinero en la justicia helvética, pero que esa misma justicia
y el gobierno suizo, no consigan ponerse de acuerdo con el gobierno y los jueces
argentinos para que esas mismas cuentas sean notificadas a la Argentina y sean
así conocidas por los jueces federales en Buenos Aires, particularmente por
Norberto Oyarbide que investiga al expresidente Menem y varios de sus
colaboradores por infracciones involucradas en la corrupción.
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